Recurso de reposición al interés social de las rotondas en Majadahonda
AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA
D. JUAN SANTANA URIARTE, mayor de edad, con D.N.I. núm. 14302642 T, y domicilio a efectos de notificación en Plaza Mayor s/n de Majadahonda, en su condición de Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes en el Ayuntamiento de Majadahonda. Por el presente escrito interpongo Recurso de Reposición contra el acuerdo plenario de 30 de enero de 2013 por el que se declaran de interés social diversas actuaciones.
Se fundamenta el Recurso en la siguiente
ALEGACIÓN
PRIMERO.- En la propuesta de resolución se declara el interés social de diversas actuaciones como las obras de adaptación a normativa de edificios municipales, nuevo campo de fútbol de hierba artificial en La Sacedilla, obras en la Calle Veneros, obras de la Glorieta Doctor Bastos, obras de la Glorieta de la Ctra. de Pozuelo de Alarcón, obras de la Glorieta de Santa Catalina y la adquisición de la titularidad del edificio de la Residencia del Valle de la Oliva.
La propuesta elaborada por el Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda alude a que dichas inversiones tendrían cabida en la definición que del interés social hace el Tribunal Supremo, según el cual “es aquel que tiende a que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos sean reales y efectivas o a remover los obstáculos que impiden o dificulten su plenitud o a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural o social”.
A juicio de esta parte, habría que regirse por un mínimo principio de prudencia, teniendo en cuenta que el Tribunal Supremo ha anulado los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Majadahonda en diversas ocasiones por la interpretación errónea que se hacía del interés social. Es decir, entendemos que la declaración de “interés social” no puede establecerse únicamente por una propuesta del Concejal o el Alcalde, sino que debe ir acompañada de un informe jurídico en el que se razone detalladamente y se avale si cada inversión propuesta encaja en lo establecido por el Tribunal Supremo.
Por otra parte, a nuestro entender, diversas inversiones previstas como las obras de la Glorieta Doctor Bastos, de la Glorieta de la Ctra. de Pozuelo de Alarcón o de la Glorieta de Sta. Catalina no deberían ser declaradas de “interés social” por no responder a lo establecido en la definición del Tribunal Supremo y confundirse con interés público o general, ya que no tienden a compensar desigualdades de origen social.
Por todo ello,
SOLICITO
Que se tenga por interpuesto Recurso de Reposición, se admita a trámite y se declare NULO el acuerdo plenario de 30 de enero de 2013 por el que se declaran de interés social diversas actuaciones.
Majadahonda, a 1 de marzo de 2013
Fdo. Juan Santana Uriarte
Portavoz Grupo Municipal IU-LV
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