MOCIÓN PARA BUSCAR LA CALIDAD DE LAS CONDICIONES LABORALES EN LAS EMPRESAS QUE REALIZAN SERVICIOS PARA EL AYUNTAMIENTO

El Ayuntamiento de Majadahonda ha privatizado gran parte de sus servicios a través de grandes contratos cuyo control y seguimiento, en casi todas sus facetas, resulta bastante complicado.

Una de las cuestiones que acarrean estas privatizaciones, es el empeoramiento de las condiciones laborales y la desprotección de muchos de los trabajadores de estas empresas, que si bien no mantienen relación laboral directa con el Ayuntamiento, son de facto quienes ejecutan y ofrecen los servicios a los vecinos y vecinas de Majadahonda.

Las condiciones de trabajo terminan repercutiendo de una forma u otra en la calidad del servicio que los ciudadanos reciben y esto demuestra que el interés público se garantiza estableciendo unos mínimos en las contrataciones, que van mucho más allá de aceptar la mejor oferta económica.

Por otro lado, las administraciones, al renunciar a la gestión directa de los servicios, están renunciando también a poner en marcha políticas públicas de calidad en el empleo, de  igualdad o de inserción laboral. Esto podría ser amortiguado si en la elaboración de los Pliegos de Condiciones para la contratación de servicios se hace una apuesta clara por fomentar la Responsabilidad Social Empresarial.

El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece, en el  Artículo 118 Condiciones especiales de ejecución del contrato, que:

Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que sean compatibles con el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitación y en el pliego o en el contrato. Estas condiciones de ejecución podrán referirse, en especial, a consideraciones de tipo medioambiental o a consideraciones de tipo social, con el fin de promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en dicho mercado, combatir el paro, favorecer la formación en el lugar de trabajo, u otras finalidades que se establezcan con referencia a la estrategia coordinada para el empleo, definida en el artículo 145 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, o garantizar el respeto a los derechos laborales básicos a lo largo de la cadena de producción mediante la exigencia del cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo.”

Además, tenemos en los últimos años el antecedente del conocido “Plan E” al que se acogió este Ayuntamiento y que, si bien era manifiestamente mejorable, contemplaba que los contratos y obras realizados a cargo de dicho plan debían recoger el fin social y la expresa contratación de personas desempleadas para su ejecución.

Fuera de estas medidas estructurales, debemos ser conscientes de la realidad cotidiana que se da en las empresas y que muchas veces llegan al Equipo de Gobierno o a los Grupos Municipales de la oposición mediante canales informales. Situaciones que van desde conflictos laborales, pasando por vulneración de derechos de los trabajadores hasta llegar en algunos casos  a verdaderos abusos por parte de las empresas que prestan sus servicios a nuestro Ayuntamiento.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes presenta, para su aprobación por el Pleno de la Corporación, la siguiente

 

 MOCIÓN

  1. Que los servicios técnicos estudien la viabilidad  y, en su caso, introduzcan cláusulas de carácter social en los pliegos de condiciones  que fomenten la estabilidad, seguridad y calidad en el empleo (contratos indefinidos, plantilla propia, formación continua de los trabajadores, prevención de riesgos laborales, etc.); la conciliación de la vida profesional y personal de los trabajadores; la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres; los acuerdos con empresas de economía social (tanto en la ejecución del servicio como en alguna de las fases de la cadena de producción) y el cumplimiento de las convenciones de la Organización Internacional del Trabajo relativas a condiciones laborales.
  2. Que el Ayuntamiento vigile las condiciones laborales en las empresas que ejecutan los contratos y se establezcan canales de comunicación, formales y confidenciales, por los que los trabajadores de las empresas puedan hacer llegar al Ayuntamiento informaciones relativas a las condiciones de trabajo y del servicio, de las que se dará cuenta periódicamente en la Comisión de Vigilancia de la Contratación.

 

 

Majadahonda, 24 de octubre de 2013

 

Fdo. Juan Santana Uriarte

Portavoz Grupo Municipal de Izquierda Unida – Los Verdes

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